LA DISCRIMINACIÓN POR EDAD DEL MINISTERIO DE IGUALDAD

25 NOVIEMBRE 2022

COMUNICADO

DE: FUNDACION MOSIS MODELOS Y SISTEMAS ARTE Y CIUDAD (Min. Cultura 845)

A: MINISTERIO DE IGUALDAD

Las bases reguladoras de las becas de formación en materia de igualdad de género en el Instituto de las Mujeres, del Ministerio de Igual para la prevención y eliminación de toda clase de discriminación (al requerir que el título universitario se haya obtenido hace menos de cinco años) limitan la edad de las personas que pueden optar a estas becas y discriminan por la edad.

DICE EL BOLETÍN: “BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 251 Miércoles 19 de octubre de 2022 Sec. V-B. Pág. 49460 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE IGUALDAD 10030 Orden IGD/548/2022, de 14 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación en materia de igualdad de género en el Instituto de las Mujeres.”

En el “Artículo 6. Requisitos de las personas beneficiarias requiere “Estar en posesión del título de grado o licenciatura,….En cualquier caso, el título o grado deberá haberse obtenido, como máximo, dentro de los cinco años previos a la fecha de presentación de la solicitud que se indique en cada convocatoria”. Esto implica que las personas que solicitan la convocatoria son jóvenes pues han acabado hace poco su carrera. Esto es una forma indirecta de decir que las personas solicitantes han de ser menores de 30 años, es decir de poner un tope de edad. ¿Es legal poner un tope de edad a una convocatoria pública?

En el Artículo 1. el Objeto y finalidad dice que La finalidad de estas becas es: “contribuir a la formación de personas físicas en materias dirigidas a favorecer la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres y la participación de las mujeres en la vida política, civil, laboral, económica, social y cultural, así como la prevención y eliminación de toda clase de discriminación de las personas por razón de sexo. “¿Qué sentido tiene que unas becas cuyo objetivo es la “prevención y eliminación de toda clase de discriminación” discriminen por edad? ¿ Es apropiado discriminar por la edad si es un Ministerio de igualdad?

“El artículo 3 de la misma ley establece distintas funciones para el cumplimiento de los fines del Instituto de las Mujeres, entre las que se encuentran impulsar y desarrollar la aplicación transversal del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres; elaborar informes, estudios y recomendaciones sobre las mujeres en España y sobre materias que afecten a la igualdad de género, en particular, sobre las políticas públicas de igualdad de oportunidades.” ¿En qué manera una persona joven está mejor dotada que una persona no joven para desarrollar estas funciones? 

Las becas de formación que normalmente se ofrecen sólo a jóvenes responden a una cultura anticuada que no entiende la formación como algo continuo a lo largo de la vida. Por otro lado hay un gran número  hombres y mujeres mayores de cincuenta años desempleados y excluidos de la sociedad. Esta convocatoria al discriminar por razón de edad contribuye a la exclusión de nuestra sociedad de los no jóvenes y entiende el ser joven, en sí mismo, como un valor.

Qué sentido tiene abogar por la igualdad por el género mientras se potencia la desigualdad por la edad. Instamos al Ministerio de Igualdad y a cualquier otro organismo a que se elimine la discriminación por razón de edad de ayudas o becas públicas. No creemos en la igualdad por identidad (por el género, por la raza etc..) si no hay también igualdad por principio.

Jana Leo

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